Reconocimiento de cargas familiares para Asignación Familiar o Maternal

El reconocimiento de cargas para asignación familiar (trabajadores dependientes) es un trámite que permite a los trabajadores y trabajadoras dependientes hacer la solicitud al Instituto de Previsión Social (IPS) el reconocimiento de sus cargas familiares.

Reconocimiento de cargas para asignación familiar

Este trámite se lleva a cabo con el fin de posteriormente cobrar la Asignación Familiar o Maternal, o ejercer otro tipo de derechos y beneficios que estén relacionados al sistema único de prestaciones familiares y maternales.

Si entre las fechas del 1ero de enero y el 30 de junio del mismo año, el trabajador percibió un ingreso bruto promedio mensual menor a 765.550 pesos, el beneficio se traduce en un aporte económico por cada carga familiar.

En caso de que sea lo contrario, la persona beneficiada tendrá derecho a las demás prestaciones y beneficios complementarios. Si lo amerita, los trabajadores podrán recibir este pago de forma mensual junto con las remuneraciones.

Lo recibirán aquellas personas que cumplan con todos los requisitos legales y que adicionalmente tengan la obligación de solventar los gastos de las cargas familiares que viven a sus expensas.

Esto solo cuando las mismas no generen ingresos para mantenerse por sí mismas, ya sea por factores de edad, de discapacidad u otros motivos.

¿Qué hay que tener en cuenta para el reconocimiento de cargas familiares para asignación familiar?

Una carga corresponde al causante que es quien da derecho a asignación familiar. Por otra parte, quien tiene la condición de beneficiario es la persona que podrá cobrar el dinero generado por el causante.

¿Quiénes son causantes de asignación familiar?

  • Cónyuge mujer.
  • Hijos e hijas máximo hasta 18 años.
  • El cónyuge con discapacidad.
  • Hijos, hijas, adoptados o hijastros con discapacidad de cualquier edad.
  • Hijos, hijas, hijos adoptados o hijastros que tengan entre 18 y 24 años si se encuentran cursando estudios.
  • Nietos y bisnietos en condición de orfandad o abandonados por sus padres hasta los 18 años.
  • Los nietos y bisnietos en condición de orfandad o abandonados por sus padres que se encuentren estudiando.
  • Nietos y bisnietos discapacitados sin límite de edad.
  • Madre viuda.
  • Ascendientes que tengan más de 65 años.
  • Niños y niñas huérfanos o abandonados menores de edad y que se encuentren al cuidado de alguna institución.
  • Los niños y niñas huérfanos o abandonados hasta los 24 años que estén cursando estudios y que se encuentren al cuidado de alguna institución.
  • Niños y niñas huérfanos o abandonados si límite de edad, con discapacidad y que se encuentren al cuidado de alguna institución.
  • Trabajadoras que estén en estado de embarazo.
  • Cónyuge en estado de embarazo.
  • Niños menores a 18 años que se encuentren bajo el cuidado y tutela de alguna persona que se preste para ello y que el juez considere que se encuentra capacitada para estar a cargo de su educación.
  • Personas con discapacidad que se encuentren bajo el cuidado y tutela de alguna persona que se preste para ello y que el juez considere que se encuentra capacitada para estar a cargo de su educación.
  • Estudiantes cuyas edades comprendan entre los 18 y 25 años que se encuentren bajo el cuidado y tutela de alguna persona que se preste para ello y que el juez considere que se encuentra capacitada para estar a cargo de su educación.

¿Quiénes son beneficiarios del pago de la Asignación familiar?

Trabajadores y trabajadoras:

  • Dependientes cuyo empleador no constituya ni esté adherido a otra entidad administradora.
  • Independientes del régimen antiguo.
  • Independientes afiliados al sistema de capitalización individual.
  • Pensionados previsionales y de pensiones básicas solidarias.
  • Instituciones que se encuentren acreditadas por el Estado en el cuidado de menores y que no cuente con el aporte estatal.
  • Cualquier individuo natural, cesante o pensionado a cargo de un menor por sentencia judicial.

¿Cómo hacer el trámite para reconocimiento de cargas familiares para asignación familiar o maternal?

Tienes dos formas:

En línea

1. Debes dirigirte al sitio web de IPS en línea y puedes hacerlo al dar clic aquí.

2. Escribe tu número de RUN y haz clic en ingresar.

3. Una vez que te encuentres en el menú de “trámites”, haz clic en “reconocimiento de cargas para asignación familiar y maternal”.

4. Lee cuáles son las condiciones y los requisitos para proceder a comenzar con la solicitud.

5. Completa la información solicitada y haz clic en “continuar solicitud”.

6. Adjunta los documentos según sea tu caso y guarda la solicitud.

7. Lee la declaración jurada, si estás de acuerdo acepta las condiciones y haz clic en confirmar declaración.

8. Recibirás un correo electrónico en donde podrás encontrar el comprobante de solicitud.

En oficina

1. Reúne todos los antecedentes requeridos.

2. Acércate a una oficina de Chile Atiende.

3. Indica cuál es el motivo de tu visita que en este caso será solicitar la autorización como trabajador de una carga familiar para efectos de la Asignación Familiar.

4. Entrega toda la documentación correspondiente.

5. ¡Listo!

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